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DOCUMENTOS COMUNES DEL VENDEDOR

1. Escritura de Garantía – Una escritura de garantía de Florida es un tipo de escritura utilizada para transferir bienes inmuebles en Florida. Es el documento que conmemora la transferencia de propiedad del vendedor al comprador. Ese documento se inscribe en los registros públicos del condado donde se encuentra la propiedad para demostrar legalmente que se ha transferido el título de propiedad. Una escritura de garantía de Florida se utiliza con mayor frecuencia en las transacciones de compra y venta, donde un comprador está pagando el valor de mercado de los bienes inmuebles. Otros tipos de escrituras son la escritura de renuncia de Florida, que no garantiza el título, y la escritura de garantía especial de Florida, que ofrece una garantía de título limitada al tiempo en que el propietario anterior poseía la propiedad.

Requisitos para la ejecución: Las escrituras en Florida se registran en la oficina de Registros del Condado y requieren ciertas características para ser válidas:

a. Firma original del vendedor;
b. Dos testigos de la firma del vendedor. Dichos testigos deben ser partes desinteresadas de la transacción. El notario también puede actuar como testigo, pero entonces debe firmar el documento dos veces: una como testigo y otra como notario.
c. Legalización de la firma por un notario público o un notario de derecho civil

Consulte el Modelo de Escritura adjunto como referencia. Si el vendedor requiere el uso de un Poder Notarial (“POA”), por favor lea la sección a continuación sobre el uso de POAs.

2. Factura de venta – Este documento transfiere la propiedad de los bienes personales que se incluyen en la transferencia de los bienes inmuebles.

Requisitos de ejecución: Este documento requiere la firma original del vendedor y la certificación notarial, pero no requiere testigos.

3. Declaración jurada de cierre – Las declaraciones juradas son documentos firmados bajo juramento, en los que se jura que el contenido de los mismos es verdadero y correcto. En el caso de las declaraciones juradas de cierre, los vendedores juran, entre otras cosas:

a. Que no existen contratos pendientes para la venta de la propiedad;
b. Que no existen gravámenes, cargas, hipotecas, reclamaciones, linderos u otros litigios contra la Propiedad;
c. Que no se han realizado mejoras en la Propiedad en los últimos noventa (90) días por las que queden facturas pendientes de pago por mano de obra, materiales o suministros;
d. Que no existen asuntos pendientes -incluidas sentencias, reclamaciones, litigios, demandas- contra el Vendedor que pudieran dar lugar a un gravamen que recayera sobre el Inmueble;
e. Que no existen infracciones de las leyes, reglamentos u ordenanzas gubernamentales relativas al uso del Inmueble.

Estas declaraciones las hace el vendedor bajo juramento, lo que significa que el vendedor puede ser demandado si alguna de la información es falsa a sabiendas.

Requisitos para la ejecución: Este documento requiere la firma original del vendedor y la certificación notarial, pero no requiere testigos.

4. Certificación de no extranjero (“FIRPTA Affidavit”) – En esta declaración jurada, los vendedores declaran bajo juramento que son contribuyentes estadounidenses y que, por lo tanto, NO están sujetos a retenciones fiscales. El Gobierno Federal de EE.UU. y el IRS asumen que todos los vendedores están clasificados como contribuyentes no estadounidenses, a menos que presenten pruebas de lo contrario.

Requisitos para la ejecución: Este documento requiere la firma original del vendedor y la certificación notarial, pero no requiere testigos.

5. Cesión de elementos comunes limitados – Este documento se incluye en las propiedades que se rigen por una asociación de condominios. Transmite y transfiere los derechos del vendedor al nuevo comprador de los elementos comunes en un condominio, tales como plazas de aparcamiento, zonas verdes, ascensores, etc.

Requisitos de ejecución: Este documento requiere la firma original del vendedor y certificación notarial, pero no requiere testigos.

6. Cesión de arrendamiento – Este documento se incluye en propiedades sujetas a un contrato de arrendamiento en vigor. Esto significa que la propiedad se vende y hay un inquilino con un contrato de arrendamiento válido, y los términos de ese contrato de arrendamiento se transfieren al nuevo comprador. Si la propiedad que se vende tiene un inquilino y está sujeta a un contrato de arrendamiento, por lo general, los compradores tienen un plazo dentro del contrato para recibir el contrato de arrendamiento actual, revisar el contrato de arrendamiento y tener la oportunidad (dentro de los plazos establecidos en el contrato) de cancelar el Contrato de Compraventa si los términos del contrato de arrendamiento no son aceptables para el nuevo comprador. (Nota: cuando las propiedades están sujetas a un contrato de arrendamiento, los agentes de cierre pueden exigir un “Tenant Estoppel”, en el que los inquilinos confirman las condiciones actuales del contrato. Es una capa adicional de seguridad y diligencia debida para el comprador).

Requisitos de ejecución: Este documento requiere la firma original del vendedor y la certificación notarial, pero no requiere testigos.

7. Instrucciones de desembolso – en este documento, el vendedor confirma dónde debe enviarse el producto de la venta mediante transferencia bancaria. El vendedor debe proporcionar el nombre del banco, el nombre de la cuenta, el número de cuenta y el número de ruta.

Los vendedores deben saber que el producto de la venta SÓLO puede transferirse a cuentas en las que figure el nombre del vendedor en el contrato. En los casos en que el vendedor sea una persona jurídica, la cuenta bancaria debe estar a nombre de la entidad. No se enviarán transferencias a los propietarios individuales de la entidad. En los casos en que los vendedores estén divorciados o en proceso de divorcio, hable con el agente de cierre para obtener más información sobre la política de desembolso.

Requisitos para la ejecución: Este documento requiere la firma original de los vendedores y la certificación notarial, pero no requiere testigos.

8. Declaraciones de cierre (CD del vendedor, Alta, HUD, etc.) – Una declaración de cierre es un documento que resume los términos y condiciones de un acuerdo o transacción financiera, más comúnmente un acuerdo de compraventa en acuerdos inmobiliarios y de préstamo.

Los distintos tipos de transacciones pueden tener requisitos diferentes en cuanto a la documentación de la declaración de cierre. Una declaración de liquidación de préstamo (generalmente denominada “Declaración de cierre”) proporciona información completa sobre las condiciones de un préstamo, pero también detalla todas las comisiones y gastos que el prestatario debe pagar además de los intereses del préstamo.
Hay diferentes formas o formatos que pueden utilizarse para las declaraciones de cierre. Por ejemplo, una declaración de cierre puede presentarse en forma de Divulgaciones de cierre (CD), Declaraciones de cierre HUD-1 y/o Declaraciones de cierre ALTA. Consulte la Guía de declaraciones de cierre.

Requisitos de ejecución: Este documento requiere la firma original del vendedor, pero NO requiere certificación notarial ni testigos. En algunos casos, cuando la venta de la propiedad se realiza en efectivo y NO está sujeta a financiación hipotecaria, los agentes de cierre pueden aceptar una firma electrónica del vendedor en las Declaraciones de cierre.